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GardenCollege

Reglas del colegio

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN    Considerando:    Que, el Decreto Exento de Educación Nº 511 de 08 de mayo de 1997, en sus artículos 2º y 3º, entrega facultades a los directores de establecimientos educacionales para formular su Reglamento de Evaluación en concordancia con los planes y programas de estudio y con las características y necesidades de sus alumnos;    Que, el Decreto señalado ha sido modificado por los Decretos Nº 158 de 21-06-99 y Nº 107  de 20-02-2003, en normas esenciales tales como eximición de subsector o asignatura y promoción de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica;    Que, en consecuencia es necesario efectuar la actualización de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Evaluación del colegio “Garden College”.    Realizadas las actualizaciones y adecuaciones pertinentes, queda como sigue:REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓNCOLEGIO “GARDEN COLLEGE”.    I.- DISPOSICIONES GENERALESARTÍCULO  1º:    Las disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción escolar del presente reglamento, serán aplicadas a los alumnos de Primero a Octavo año de enseñanza básica.ARTÍCULO  2º:    Este reglamento deberá ser comunicado oportunamente a todos los alumnos, padres y apoderados a más tardar en el momento de la matrícula. Una copia del mismo será enviada al Departamento Provincial de Educación., para su información.                Al término de cada año lectivo el Consejo de Profesores analizará el reglamento y propondrá, a la Dirección del Colegio,  las modificaciones que fueren necesarias para la óptima administración del proceso evaluativo.     II.- DE LA EVALUACIÓN.ARTÍCULO  3º:      Los alumnos deberán ser evaluados  en todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio en períodos semestrales, con un número de calificaciones parciales de acuerdo a las horas semanales asignadas en el plan de estudio:        a)    Subsector con hasta 3 horas semanales: 4 calificaciones mínimas, coeficiente uno.   b)    Subsector con 4 o más horas semanales: 5 calificaciones mínimas, coeficiente uno.En los subsectores de Educación Tecnológica y Educación Artística, las calificaciones corresponderán a evaluación de proceso y al trabajo realizado por el alumno en clases (los trabajos terminados o ejecutados fuera del periodo de clases no serán considerados).En el subsector de Educación Artística, de 1º a 6º año Básico, se colocarán notas parciales por separado a las actividades musicales y de artes visuales: 4 notas en cada tipo de actividad. Los promedios en cada tipo de actividad serán a su vez promediados para obtener la calificación semestral y/o final del subsector. Los alumnos no podrán ser evaluados con notas en actividades o situaciones referidas a Objetivos Fundamentales Transversales, tales como: presentación personal, responsabilidad, conducta, llegar sin equipo o materiales, etc. No obstante, se podrá registrar en su Hoja de Vida la observación positiva o negativa, según el caso.Todas las calificaciones serán comunicadas a los apoderados en periodos mensuales y al término de cada semestre, mediante Informes de Notas Parciales y el Informe de Calificaciones Semestral, en reunión de Centro de Padres de Curso con asistencia obligatoria.ARTÍCULO   4º:   1.-  La evaluación estará orientada a los siguientes aspectos:?    Conocer los logros y avances de los alumnos en relación a los aprendizajes esperados en cada subsector.?    Conocer los procedimientos que utilizan los alumnos(as) para aprender y el tipo de errores que cometen.?    Permitir que los alumnos conozcan sus propios niveles de logro y sus debilidades, como medios para mejorar o consolidar aprendizajes.?    Identificar las necesidades educativas de los alumnos de manera de poder adoptar oportunamente las medidas pedagógicas para asegurar que todos los niños aprendan.?    Conocer la efectividad de las estrategias y métodos pedagógicos empleados.                            2.-   La evaluación, entendida como un proceso que ocurre en y a través del currículo, será una práctica habitual y sistemática del trabajo docente y cumplirá funciones diagnóstica, formativa y sumativa.a)    La evaluación diagnóstica (antes del proceso) tendrá como propósito adaptar el proceso de enseñanza aprendizaje a las características detectadas en los alumnos, lo que deberá reflejarse en las planificaciones de cada subsector.b)    La evaluación formativa (durante el proceso), tendrá como finalidad que los estudiantes estén conscientes de los aprendizajes alcanzados y de sus debilidades, además,  permitir al docente la retroalimentación del proceso adecuando las estrategias metodológicas y/o los objetivos propuestos. c)    La evaluación sumativa (terminal) al cierre del proceso en la etapa semestral o anual, permitirá verificar la adquisición de los aprendizajes esperados.ARTÍCULO 5º:    Se utilizarán variadas estrategias,  procedimientos e instrumentos  para evaluar los aprendizajes de los alumnos tales como:?    Pautas de observación de trabajos grupales e individuales?    Mapas conceptuales?    Observación de disertaciones y exposiciones orales?    Pruebas escritas, objetivas y de desarrollo?    Controles de lectura?    Listas de cotejo?    Cuadernos y carpetas.?    OtrosPrevio a la administración de un procedimiento o instrumento evaluativo, éste deberá ser presentado a la Unidad Técnico Pedagógica para su análisis y aprobaciónARTÍCULO 6º:    A los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje se les aplicará procedimientos de evaluación diferenciada.            Se registrará tal medida en el Informe de Calificaciones Semestral, Certificado Anual de Estudios y Acta de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar.En estos  casos, debe realizarse el siguiente proceso:a)    El apoderado presentará un certificado o informe de un especialista (psicólogo, fonoaudiólogo, psicopedagogo u otros).b)    Recibido el informe, la situación será analizada por una comisión integrada por la Directora del colegio, el Jefe de UTP, el Profesor Jefe del curso y el profesor de asignatura, quienes decidirán si es procedente aplicar evaluación diferenciada, si se hará en forma temporal o permanente y qué otras medidas se adoptarán para, si es necesario, apoyar al alumno con actividades de nivelación y/o reforzamiento.c)    Una vez otorgado el beneficio, cada profesor de subsector o asignatura deberá registrar en el libro de clases la descripción del procedimiento evaluativo utilizado.d)    De igual modo, el profesor jefe de curso llevará un registro de las actividades de nivelación y/o reforzamiento administradas al alumno.        El Director(a) del colegio, previa consulta al Profesor Jefe de Curso y al Profesor del Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la eximición de un Subsector o  Asignatura, en casos debidamente fundamentados, previa presentación de una solicitud firmada por el apoderado(a), acompañada de un certificado médico y/o del especialista que corresponda, donde se indique con claridad el diagnóstico y el periodo de eximición requerido.    En ningún caso se aceptarán peticiones de eximición al término del año escolar.III.- DE LA CALIFICACIÓN.ARTÍCULO 7º:      Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones de los alumnos en cada uno de los subsectores y asignaturas, se anotarán en una escala numérica de 1 a 7, hasta con un decimal.    La calificación mínima de aprobación, deberá ser 4.0.    Los alumnos obtendrán durante el año los siguientes tipos de calificaciones:a)    Parciales : corresponderán a las obtenidas en el desarrollo del proceso, en cada uno de los subsectores o asignaturas.b)    Semestrales: corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en cada subsector o asignatura.c)    Finales : corresponderá al promedio aritmético de las semestrales, en cada subsector o asignatura.d)    Promedio General: corresponderá al promedio aritmético de las Calificaciones Finales en cada subsector o asignatura  (excepto la de Religión).Todos los promedios se calcularán con dos decimales, con aproximación.ARTÍCULO 8º:       La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de aprendizaje de Religión, no incidirá en su promoción.        De igual modo, la calificación obtenida en la asignatura de Inglés no incidirá en la promoción de los alumnos de 1º a 4º año básico.ARTÍCULO 9º:    El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones Semestral.IV.- SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓNARTÍCULO 10º:a)    El alumno(a) que no se presente a un evento de evaluación previamente comunicado, deberá justificar oportunamente su inasistencia con un certificado médico o con la presencia de su apoderado, debiendo someterse a la evaluación en la fecha que señale el profesor(a). En caso contrario, se le aplicará el procedimiento evaluativo en la primera oportunidad  que asista a clases y sólo podrá postular a una nota máxima de 4,0.b)    En el caso de trabajos individuales o grupales (de investigación, proyectos, etc) con fecha de entrega, el(los) alumno(s) tendrán, fuera de plazo, otras dos oportunidades para ser evaluados:1) Entrega fuera de plazo, con atraso hasta de 5 días: opta a calificación 5,0, como       máxima.2) Al no hacer entrega del trabajo dentro de los 15 días contados desde el plazo original,      será evaluado con un procedimiento o instrumento diferente y optará a 4,0 como nota      máxima.                              c)    Si un alumno(a) por causas justificadas, en el 2º Semestre, no cumple con el número de calificaciones mínimo en un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje,  se calculará el promedio semestral con las calificaciones parciales registradas en el periodo. De igual modo se procederá en los casos de alumnos(as) que requieran finalizar el año escolar anticipadamente.d)    Los alumnos(as) que por razones de salud o por motivos justificados ingresaron tardíamente a clases y no registren calificación  semestral en el primer periodo, obtendrán su situación final en cada subsector o asignatura con el promedio del 2º semestre y las calificaciones parciales del 1º semestre, si las hubiese.e)    Al término del año lectivo, los alumnos con promedio anual 3,9 en subsectores o asignaturas y en riesgo de repetir curso, rendirán una prueba especial, escrita o de ejecución, en cada uno de estos  subsectores o asignaturas. Esta prueba contemplará los aprendizajes esperados no logrados durante el año y tendrá una ponderación de un 30%En este caso, la calificación final, en el subsector o asignatura, será la sumatoria de la prueba especial ponderada (30%) y el promedio anual ponderado con el 70% restante. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1º a 8º año básico, deberán quedar resueltas dentro del periodo escolar correspondiente.        V.-DE LA PROMOCIÓNARTÍCULO 11º:     Serán promovidos todos los alumnos de 1º a  2º y de 3º a  4º año de Enseñanza Básica que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos.El Director(a) del establecimiento y el Profesor(a) Jefe del respectivo curso podrán autorizar la promoción de alumnos(as) con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el Director(a) del colegio podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor(a) Jefe del curso de los alumnos(as) afectados, no promover de 1º a  2º año básico o de 3º a  4º año básico a aquellos(as) alumnos(as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.Además, el colegio deberá tener un registro de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno(a)  y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados para posibilitar una labor en conjunto.Asimismo, los alumnos con necesidades educativas especiales integrados, considerando las adecuaciones curriculares realizadas, estarán sujetos a las mismas normas agregándose en su caso, un informe fundado del profesor(a) especialista.ARTÍCULO 12º:    Para la promoción de los alumnos de 2º  a  3º  y de 4º hasta 8º año de Enseñanza Básica, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases.1.-   Respecto del logro de los objetivos:a)    Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.b)    Serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º  a  3º año y de 4º hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 4,5 o superior, incluido el no aprobado.c)    Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º a 3º y de 4º hasta 8º año  de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 5,0 o superior, incluidos los no aprobados.2.-    Respecto de la asistencia:Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director(a) del establecimiento y el Profesor(a) Jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 5º año, con porcentajes menores de asistencia. En el Segundo Ciclo Básico (5º a 8º año) esta autorización deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores.      3.-    Respecto a la repitencia:Los alumnos de 2º y de 4º hasta 8º año de enseñanza básica que no cumplan con    los requisitos de promoción indicados en los puntos 1 y 2 de este artículo, deberán repetir el curso.ARTÍCULO 12º:    La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el colegio entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique los sectores, subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.                  El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.ARTÍCULO 13º:     Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente reglamento interno y/o en el Decreto Nº 511/97 con sus modificaciones, serán resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región del Maule.                     PEDRO ÁVILA CAMPOS                     JEFE DE UTP                                VIVIAN PARRA RIVAS                                                                                                       DIRECTORA                                                                                        COLEGIO GARDEN COLLEGECauquenes, marzo de 2009



 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR En conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 19.979 de 06-11-2004 que modifica el D.F.L Nº 2 de 1996 y otros cuerpos legales, se establece el siguiente Reglamento Interno de Convivencia Escolar que rige las relaciones entre el Colegio Garden College, los alumnos y los padres y apoderados.FUNDAMENTACIÓN:     En toda sociedad existen normas de convivencia y conducta social, que tienen como objetivo fundamental el permitir que las distintas actividades se puedan desarrollar en armonía respetando las necesidades y los derechos de las personas.TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES.ARTÍCULO 1º:    El presente reglamento tiene como propósito contribuir al aprendizaje y ejercicio de habilidades sociales que garanticen una respetuosa interacción entre los miembros de la comunidad escolar, explicitar los límites y cautelar el debido ejercicio del derecho a la educación.ARTÍCULO 2º:    Las  disposiciones del presente reglamento serán aplicadas a todos los alumnos, personal y padres y apoderados del colegio Garden College, de Prekinder a 8º año Básico.ARTÍCÚLO 3º:    El reglamento deberá ser informado y notificado a los padres y apoderados para lo cual se entregará una copia del mismo al momento de la matrícula, dejándose constancia escrita de ello, mediante la firma del padre o apoderado correspondiente.ARTÍCULO 4º:     Sólo podrán aplicarse sanciones o medidas disciplinarias contenidas en este reglamento. Cuando se aplique la medida de expulsión,  el alumno afectado podrá solicitar la revisión de la medida ante la instancia de apelación establecida.TÍTULO II.-          DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOSARTÍCULO 5º:    Los alumnos del Colegio Garden College tienen derecho a a)    Recibir una educación de calidad según los planes y programas de estudio vigentes.b)    Respeto y trato afable del cuerpo directivo, docentes, funcionarios y alumnos, dentro de una sana convivencia institucional.c)    No ser discriminados por raza, sexo, situación económica, nivel social, convicciones morales o religiosas o cualquier otra causa personal o social.d)    Seguridad física, ética y moral, así como a un ambiente escolar limpio y sin contaminación.e)    Conocer oportunamente sus calificaciones parciales, por concepto de interrogaciones, trabajos escritos, de investigación, disertaciones, pruebas escritas, dentro de los 5 días hábiles contados desde la fecha en que se realizó la evaluación. f)    Hacer uso del Seguro Escolar por accidentes ocurridos en el interior del establecimiento, en el trayecto directo ida y regreso del hogar a escuela y en salidas pedagógicas.g)    Elegir y/o ser elegidos como representantes de sus cursos, Centro de Alumnos o Consejo Escolar.h)    Participar en actividades extraprogramáticas  de libre elección que organice el colegio.i)    Conocer los motivos por los cuales se les sanciona y ser escuchados en sus peticiones y reclamos, los que deben ser efectuados oportunamente y ante las instancias establecidas para estos efectos.j)    Expresar por sí o a través de sus representantes, cualquier queja fundada  respecto a situaciones que estime injustas o arbitrarias.k)    Ser oídos los descargos frente a investigaciones de orden disciplinarias o situaciones particulares que lo ameriten.ARTÍCULO 6º.    Ante cualquier transgresión a sus derechos, el afectado deberá dirigirse a la autoridad pertinente, Profesor Jefe, Jefe de UTP o Directora, según se trate de temas académicos, de relaciones o disciplinarios. TÍTULO III.-        DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOSARTÍCULO 7º:    Son obligaciones de los alumnos:a)    Conocer y acatar las normas y disposiciones del Reglamento Interno de Convivencia Escolar.b)    Tener una actitud de respeto con todos los integrantes de la comunidad escolar.c)    Manifestar corrección en sus modales, lenguaje, trato y comportamiento, dentro o fuera del establecimiento, especialmente en el trayecto hacia y desde el colegio vistiendo el uniforme escolar.d)    Mantener una actitud de respeto en la formación diaria, en los actos académicos, desfiles, actividades deportivas u otras que se desarrollen dentro o fuera del establecimiento, velando continuamente por el prestigio y buen nombre del Colegio.e)    Dar buen uso y cuidar la infraestructura del colegio, mobiliario, útiles, materiales didácticos y deportivos. La infracción a esta norma será considerada como falta grave.f)    Asistir diariamente a clases. El alumno con asistencia inferior al 85%  no será promovido al curso superior (Decreto Supremo de Educación Nº 511/97, Art.11º).g)    Portar diariamente su Libreta de Comunicaciones, en buen estado, con su foto y datos actualizados.h)    Rendir en las fechas establecidas sus compromisos académicos: pruebas, entrega de trabajos, tareas, disertaciones y/o presentaciones (en situaciones especiales deberá ceñirse a lo dispuesto en el Art.10º del Reglamento Interno de Evaluación del Colegio).i)    Mantener sus cuadernos al día, con escritura clara y comprensible. El profesor está facultado para calificar la calidad del trabajo desarrollado en el cuaderno.j)    Asumirán con responsabilidad los cargos en que sean elegidos por sus compañeros, dando cuenta de su gestión cuando le sea requerido.TÍTULO IV.-        DEL UNIFORME ESCOLARARTÍCULO 8º:    El uniforme es el símbolo del Colegio, por lo que los alumnos deberán lucirlo con orgullo y corrección en todas las actividades escolares y extraescolares, en concordancia con lo señalado en el presente reglamento.a)    Damas: -    Falda escocesa oficial del colegio. El ruedo no puede estar a más de 3 cm.    sobre la rodilla -    Polera blanca con insignia bordada o blusa blanca con la corbata escocesa del colegio (dentro de la falda en todo momento).-    Calcetas grises, bajo la rodilla o el uso de panty media color gris.-    Chaleco oficial de color rojo.-    Zapatos negros, sin plataforma.-    En invierno, pantalón gris, casacón de polar del Colegio, parka o chaquetón azul o rojo.-    Dentro del establecimiento, usar permanentemente el delantal rojo del colegio, abotonado al frente con todos sus botones y marcado con su nombre.b)    Varones:-    Pantalón gris oscuro.-    Polera blanca con insignia bordada o camisa blanca y corbata.-    Sweater rojo oficial, con insignia bordada en el lado superior izquierdo.-    Zapatos tradicionales negros.-    Calcetines azules o grises.-    En invierno, casacón de polar del colegio o parka azul marino o roja.-    Dentro del colegio deben usar permanentemente su cotona, debidamente marcada, con todos sus botones, sin rayas ni dibujos.c)    Educación Física:-    Buzo oficial, pantalón gris con casaca roja y gris e insignia bordada.-    Zapatillas deportivas.ARTÍCULO 9º:    El uso diario de la cotona y delantal del colegio son obligatorios, incluso los días en que el alumno tenga clases de Educación Física.ARTÍCULO 10º:    Toda la ropa deberá estar marcada con nombre completo bordado y curso, por eventuales casos de extravío.        El uso de cualquier otro elemento o accesorio ajeno a lo indicado, se considerará  como infracción a las normas de este reglamento.TÍTULO V.-        DE LAS  PROHIBICIONESARTÍCULO 11º:    Está prohibido a los alumnos (as):a)    Lanzar papeles y objetos en la sala de clases, emitir gritos o cualquiera acción que impida el normal desarrollo de la clase.b)    El uso de maquillaje, cabello teñido con colores no convencionales (rojo, verde, azul, etc.), esmalte en las uñas, aros colgantes, aros en nariz y/o boca. Solo se podrá usar un aro en cada oreja (perlas o similares).c)    No se autoriza el uso de accesorios y elementos ajenos a los requerimientos del colegio, tales como: anillos, collares y pulseras, celulares y personal stereo, así como el uso de cualquier implemento que no corresponda a los señalados en el uniforme. El colegio no se hace responsable por la pérdida o destrozo de los elementos anteriormente descritos.d)    Igualmente se prohíbe  los peinados  no convencionales. Las damas llevarán su cabello ordenado, si es largo debe ser tomado con collets,  trabas o cintillos. Los varones llevarán el cabello con un largo máximo de 2 cm. sobre la parte superior del cuello de la camisa.e)    No está autorizado el uso de celulares y audiovisuales de cualquier tipo en las dependencias del colegio.f)    Comer durante el desarrollo de la clase o realizar actividades que no correspondan a la asignatura.TÍTULO VI.-        DE LA CALIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONESARTÍCULO 12º:    Se entenderá por falta o infracción todo hecho, acto u omisión  que signifique una trasgresión a las obligaciones, normas, deberes y prohibiciones establecidas en el presente Reglamento.ARTÍCULO 13º:    Serán sancionados los alumnos que incurran en faltas o infracciones efectuadas dentro del recinto del colegio Garden College (Maipú 479) o en lugares ajenos al establecimiento educacional, en los que se realice alguna actividad académica, cívica  y/o extracurricular de carácter permanente u ocasional.ARTÍCULO 14º:    Las infracciones se clasificarán en leves, graves y de extrema gravedad.ARTÍCULO 15º:    Se consideran    infracciones LEVES las actitudes y comportamientos que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no involucren daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad. Tales como: a)    Asistir al colegio sin los útiles escolares (materiales solicitados previamente, textos y cuadernos).b)    Presentarse con el uniforme incompleto o sin él. Igualmente no usar los delantales o cotonas reglamentarios.c)    Llegar atrasado a clases o cualquier actividad oficial del colegio.d)    Infringir las disposiciones sobre presentación personal (desaseo, tipo de peinado, largo del cabello, maquillaje, etc.)e)    Conversar en clases sin la autorización del profesor(a).f)    No formarse oportunamente, después del toque de timbre  para ingresar a clases.g)    Salir de la clase sin autorización.h)    Usar durante la jornada escolar joyas u otros implementos no autorizados.i)    Usar celulares o cualquier medio audiovisual en las clases.j)    Realizar durante la clase actividades que no corresponden a la asignatura.ARTÍCULO 16º:    Se consideran infracciones GRAVES las actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y/o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así como acciones deshonestas que alteren el normal proceso de aprendizaje, tales como:a)    La reiteración de faltas leves. b)    Acumulación de tres anotaciones..c)    Impedir el normal desarrollo de una clase, emitiendo gritos, lanzando objetos, molestando a sus compañeros.d)    No justificar atrasos e inasistencias.e)    Participar en juegos o bromas que dañen física o psicológicamente a los demás.f)    Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos o cualquier funcionario del colegio ya sea en forma verbal, alzando la voz y/o decir improperios,  dando portazos , haciendo gestos groseros o amenazantes.g)    Faltar el respeto a los símbolos patrios o religiosos de cualquier credo.h)    Golpear a un compañero(a).i)    Ensuciar  y/o rayar muros, suelos, baños o pegar impresos con consignas de cualquier índole o expresiones ofensivas o groseras.j)    Intentar o copiar en pruebas y/o trabajos de investigación.k)    Ayudar, de cualquier forma, a otros estudiantes en pruebas escritas u orales.l)    Copiar o adulterar trabajos ajenos con la finalidad de obtener ventajas en el proceso educativo.m)    Negarse a realizar las actividades escolares, dentro o fuera de la sala de clases, dispuestas por docentes o directivos del colegio.n)    Negarse, de manera individual o grupal, a rendir pruebas en la fecha indicada;  negarse a salir al pizarrón o a  ser interrogado por el profesor(a).o)    Realizar acciones incorrectas en el trayecto hacia y desde el Colegio, comprometiendo la imagen y prestigio del establecimiento.ARTÍCULO 17º    Se considera de EXTREMA GRAVEDAD las infracciones, actitudes y comportamientos que atenten gravemente la integridad física y psíquica de terceros, entre otros:a)    La reiteración de conductas calificadas como graves.b)    Actos de violencia (de palabra o de hecho) en contra de alumnos, docentes, directivos, funcionarios administrativos y auxiliares.c)    Ocasionar daños o destrucción de los bienes del colegio.d)    La adulteración de notas en el Libro de Clases, de firmas de padres, apoderados o autoridades del establecimiento.e)    Ingresar al colegio, revistas, imágenes o material audiovisual de carácter inmoral y atentatorio a las buenas costumbres.f)    Sustraer objetos o materiales del establecimiento, de alumnos, profesores o cualquier miembro de la comunidad educativa.g)    Ingresar y/o consumir cigarrillos al interior del colegio o en su entorno (vistiendo el uniforme).h)    Organizar y/o promover actos de indisciplina, dentro del aula, que ocasione daño físico o psicológico a docentes o alumnos.i)    Agredir físicamente, con o sin objetos contundentes o de otro tipo, a cualquier miembro de la unidad educativa.TÍTULO VII.-        DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 18º    Las infracciones serán motivo de medidas y sanciones disciplinarias que se aplicarán de acuerdo al tipo de infracción, su recurrencia y circunstancias atenuantes y/o agravantes, resguardando la dignidad de las personas y el derecho a la educación.ARTÍCULO 19º    La escala de sanciones que se aplicará a los alumnos será proporcional a las faltas y tendrá, preferentemente, un carácter formativo incorporando actos que permitan restablecer  relaciones  y/o reparación de daños causados:a)    AMONESTACIÓN VERBAL:    Es el llamado de atención que hará el profesor o directivo del establecimiento ante una infracción leve que comete el alumno al interior de la sala de clases o fuera de ella.b)    AMONESTACIÓN ESCRITA:    Es la censura realizada por  el profesor o directivo del colegio frente a la reiteración de una falta leve o la comisión de una falta grave, la que siempre será consignada en el Registro de Observaciones Personales del alumno, con notificación y/o citación  al apoderado.c)    SUSPENSIÓN TEMPORAL:    Es la separación del alumno de toda actividad académica o extracurricular, por períodos que van desde los tres hasta los veinte días. Quedará registrada, con notificación y citación al apoderado.d)    CONDICIONALIDAD:    Esta sanción condiciona la matrícula del alumno que ha incurrido en infracciones graves o gravísimas. La reiteración de las infracciones derivará en expulsión y no renovación de matrícula para el año siguiente.e)    EXPULSIÓN Y CANCELACIÓN DE MATRÍCULA: Esta medida se aplicará en situaciones extremas, cuando el colegio, a pesar de aplicar las estrategias posibles de acuerdo a sus recursos profesionales y materiales no logre modificar la conducta del alumno, se ponga en riesgo la integridad física y psíquica del resto de los miembros de la comunidad escolar o el estudiante (o sus padres) no muestre arrepentimiento y disposición a corregir o reparar un daño causado por una transgresión grave.ARTÍCULO 20º    “Una sanción es un acto que implica una llamada de atención y de responsabilidad para quien ha vulnerado una norma del establecimiento. Estas deben ser proporcionadas y con carácter formativo, es decir, permitir que los individuos tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, se responsabilicen por ellas y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño a costa de su propio esfuerzo”. Las sanciones señaladas en las letras a), b), c) y d) se complementarán con medidas de carácter formativo, proporcionadas a las faltas  y que correspondan a una consecuencia lógica de ellas (ver ejemplos en anexo 1.).ARTÍCULO 21º    Los casos conductuales que escapen al comportamiento normal de los alumnos, deberán ser conocidos y evaluados por el Profesor Jefe respectivo y Dirección, los que considerando las circunstancias atenuantes y/o agravantes dispondrán las sanciones correspondientes. En situaciones que impliquen condicionalidad o expulsión del alumno(a), el caso será presentado, en segunda instancia, al Consejo General de Profesores para su análisis y posterior resolución.ARTÍCULO 22º:    En el proceso de evaluación de faltas, definición de medidas, sanciones y aplicación de éstas, se seguirán los pasos siguientes:1.    Tomar conocimiento de la transgresión de una norma.2.    Saber qué pasó y por qué:?    escuchar versiones de las partes implicadas.?    conocer circunstancias, contexto y motivaciones?    definir responsabilidades3.    Evaluar la gravedad de la infracción o falta:?    Aplicar  criterios de gradación (leve, grave, de extrema gravedad)?    Considerar atenuantes y/o agravantes.4.    Aplicar sanciones?    Proporcionales a la falta?    Con carácter formativoARTÍCULO 23º    Se consideran circunstancias atenuantes:?    Haber tenido buen comportamiento anterior.?    Haber asumido de inmediato las responsabilidades  en la transgresión y haber realizado las acciones de disculpas y/o reparaciones que amerita el caso.?    Haber sido inducido por otra persona de mayor edad a cometer la infracción.ARTÍCULO 24º    Se entiende por circunstancias agravantes:?    Ser reincidente en la falta o infracción.?    El haber realizado la acción para ocultar o ejecutar otra.?    El  grado de perturbación que la conducta  produzca en la comunidad escolar.?    Realizar la transgresión aprovechando condiciones de inferioridad o debilidad física o síquica de otras personas.?    La utilización de elementos físicos que signifiquen gran riesgo para la integridad del(los) afectados.?    Haber actuado con premeditación, en forma autónoma o en complicidad con otros.TÍTULO VIII.-     INSTANCIAS DE REVISIÓN Y RECONSIDERACIÓNARTÍCULO 25º:    a) El alumno(a) tendrá derecho a efectuar sus descargos de manera oral para las infracciones leves y de forma escrita para las graves y de extrema gravedad, aportando todos los antecedentes que sirvan para justificar su conducta y/o demostrar su inocencia.            b) En el caso de ser objeto de sanción, el alumno(a) tendrá la oportunidad  de presentar una solicitud de reconsideración de la sanción, por escrito y en un plazo máximo de 5 días hábiles, a la Directora del Colegio.TITULO IX.-        OTROS PROCEDIMIENTOS GENERALESARTÍCULO 26º    ANOTACIONES:?    Las anotaciones en el Libro de Clases dejarán constancia de actitudes y comportamientos positivos y negativos de los alumnos.?    Toda infracción registrada en el Libro de Clases deberá ser conocida por el alumno e informada vía Libreta de Comunicaciones al apoderado.?    El Profesor Jefe citará al apoderado para que tome conocimiento, cuando el alumno acumule tres anotaciones negativas.ARTÍCULO 27º    ATRASOS:?    Los alumnos deben ingresar al colegio minutos antes que toque el timbre. La puerta se cerrará a la hora exacta y el alumno atrasado deberá esperar en el hall para que se registre su atraso en Inspectoría.?    No podrán ingresar a la sala de clases hasta el cambio de hora, con su respectivo pase, a excepción de los alumnos que vengan acompañados de su apoderado quedando igualmente registrado el atraso.?    Los casos de atrasos reiterados constituyen infracción grave y el Profesor Jefe citará al apoderado para que tome conocimiento y justifique la infracción.ARTÍCULO 28º:    INASISTENCIAS:?    La inasistencia de los estudiantes deberá ser justificada por el apoderado indicando el motivo de ella o, en su defecto, con certificado médico.?    Las justificaciones médicas o del apoderado no significan en ningún caso que queden sin efecto las inasistencias en el libro de clases?    Las salidas de los alumnos antes del término de la jornada de clases, solo serán autorizadas cuando el apoderado concurra personalmente y firme el libro de salida respectivo. No se aceptarán peticiones por escrito ni telefónicas con respecto a este tema.?    En caso de ausencias programadas del alumno, por razones de índole familiar, el apoderado deberá informar por escrito a la Dirección del colegio en forma anticipada. ?    En todos los casos de inasistencias, será responsabilidad del alumno ponerse al día con sus cuadernos, pruebas y trabajos académicos. TÍTULO X.-          RECONOCIMIENTOS  POR DESTACADO CUMPLIMIENTOARTÍCULO 29º    Se consideran acciones positivas del alumno(a) que merecen ser destacadas y registradas en su Hoja de Observaciones Personales en el Libro de Clases, las siguientes:?    La significativa mejoría en su presentación personal.?    Demostración de su capacidad para reconocer sus errores y tratar de enmendarlos.?    Actitud de colaboración y solidaridad para con sus compañeros de curso, miembros de la comunidad escolar y/o comunidad ciudadana.?    La preocupación y esfuerzo que ha demostrado en sus estudios.?    Mejoría en su rendimiento escolar.?    Excelente participación en clases.?    Destacada colaboración en el cuidado y aseo de las dependencias del colegio.?    Excelente participación en actividades extracurriculares.?    Iniciativa para organizar actividades que promueven los valores del colegio.?    Gran responsabilidad en compromisos asumidos con su curso y/o colegio.TÍTULO XI.-     DE LAS ALUMNAS EN SITUACIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDADARTÍCULO 30ª    En casos de alumnas en situación de embarazo o maternidad, el colegio se  regirá por el Decreto de Educación Nº 79 de 12 de marzo de 2004, que reglamenta el derecho a  permanecer como alumna regular en la educación Básica y Media y las facilidades académicas  correspondientes.TÍTULO XII.-     DE LOS PADRES Y APODERADOSARTÍCULO 31º:    El colegio está abierto a la participación activa de los Padres, Apoderados o Tutores de los alumnos, orientando desde el Proyecto Educativo Institucional el aprendizaje de comportamientos para una convivencia sana en todo tipo de sociedad, con normas claras, respeto y afecto, fortaleciendo la formación valórica que entrega en primer término la Familia.De esto se concluye que es tarea y responsabilidad de Padres y Apoderados: a)    Participar en todas las actividades inherentes a su rol: ser socio activo del Centro General de Padres y/o del Subcentro de Curso.b)    Asistir al Colegio con la adecuada sobriedad en presentación personal, trato y modales.c)    Es obligatorio asistir puntualmente a reuniones de curso y participar activamente en ellas. En caso de coincidir las reuniones de dos o más pupilos,  el apoderado deberá optar por una, en la cual permanecerá en su totalidad.d)    Las reuniones de apoderados son sin niños, para evitar interrupciones, distracciones y posibles accidentes.e)    La inasistencia a las reuniones debe ser informada al profesor jefe antes de la realización de ésta, mediante comunicación escrita, para acordar una entrevista posterior en horario de atención del profesor.f)    En caso de que el apoderado requiera de una entrevista personal con un Directivo o Docente, tiene el derecho a solicitarla en Secretaría.g)    El apoderado del alumno podrá contar con un suplente, mayor de edad y debidamente registrado en la hoja de vida del alumno.h)    Es obligación del apoderado informarse de la situación académica y disciplinaria de su pupilo, a lo menos  a mediados de cada semestre, en reuniones de Subcentro del curso y en horas de atención de apoderados que fije el profesor jefe. i)    En ningún caso podrán intervenir en materias de carácter Técnico Pedagógico, siendo éstas de exclusiva responsabilidad de Directivos y Docentes.j)    El apoderado que concurra al establecimiento en horario de clases, debe presentar la citación escrita en Secretaría para avisar al docente por el cual fue citado. No está permitido el ingreso a las salas durante el desarrollo de las actividades académicas.k)    El apoderado que autorice la participación de su pupilo(a)  en algún taller extra-programático, se responsabiliza de su asistencia durante todo el periodo de funcionamiento.l)    Reparar, reponer y responsabilizarse de los daños, de cualquier índole, que ocasione su pupilo en mobiliario, materiales e infraestructura del colegio. Asimismo, en los que provoque en pertenencias de otros educandos.ARTÍCULO 32º:       En casos debidamente calificados, según antecedentes que así lo ameriten, la Dirección del colegio podrá solicitar el cambio de Apoderado, con aviso escrito y la debida antelación.ARTÍCULO 33º       En situaciones en que el colegio constate violencia intrafamiliar contra uno de nuestros estudiantes, se procederá a informar a Carabineros de Chile. ARTÍCULO 34º:   El Colegio se reserva el derecho de no renovar matrícula a alumnos cuyo apoderado se encuentre objetado por el Consejo General de Profesores, por haber entregado datos falsos al establecimiento con el fin de obtener rebajas o cualquier beneficio económico,  o por conductas impropias que rompan la sana convivencia escolar.TÍTULO XII.-    DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES.ARTÍCULO 35º:        Todos los alumnos matriculados en el establecimiento, en los diversos niveles o cursos, tienen derecho al Seguro Escolar establecido en la Ley Nº 16.744., complementado por el Decreto 313/72 que cubre accidentes ocurridos en la escuela, trayecto hacia y desde la escuela y todo tipo de actividad Extraescolar.ARTÍCULO 36º:    En el caso de que el accidente se produzca fuera del colegio, durante el trayecto, el apoderado deberá concurrir personalmente al establecimiento, con dos testigos, a solicitar el Informe de Accidente correspondiente para presentarlo en la Asistencia Pública.ARTÍCULO 37º:    Si el accidente ocurre en el establecimiento, durante la jornada de clases, el alumno será derivado a un SAPU u hospital, con el respectivo Informe de Accidente y se procederá, según la gravedad de éste, de acuerdo a las siguientes especificaciones:a)    Aviso telefónico al apoderado y traslado inmediato por personal del colegio, en casos de pérdida de conocimiento, pérdida de sangre en exceso, ataques o convulsiones, intoxicaciones, fracturas expuestas, mordidas de animales u otras de evidente gravedad.b)    Aviso telefónico al apoderado, en caso de contusiones, torceduras, raspones leves u otros evaluados por la Dirección.c)    En casos de lesiones superficiales o que los apoderados no sean ubicados, el alumno permanecerá en el establecimiento bajo observación  y será despachado con su respectivo Informe de Accidente en caso de que el apoderado considere necesaria la posterior atención en asistencia pública.               TITULO XIII    DE LAS RELACIONES INTERPERSONALESARTÍCULO 38º        Las relaciones interpersonales entre los distintos estamentos del Colegio Garden College, se caracterizarán por el buen trato, basado en el respeto mutuo, la justicia, la imparcialidad y la colaboración.        El respeto en las relaciones interpersonales comienza en el individuo, en el reconocimiento del mismo como entidad única que necesita que se comprenda al otro. Consiste en saber reconocer y valorar los intereses, necesidades y sentimientos de otro individuo en una relación. Es reconocer en sí y en los demás sus derechos y virtudes con dignidad, dándoles a cada quien su valor. Esta igualdad exige un trato atento y respetuoso hacia todos. El respeto se convierte en una condición de equidad y justicia, donde la convivencia pacífica se logra solo si consideramos este valor como esencial para vivir en paz con las personas que nos rodean.ARTÍCULO 39º:         Los directivos, profesores y/o paradocentes:a)    Mantendrán una actitud de respeto y comprensión hacia las opiniones de los alumnos, evitando los juicios de valor sobre las mismas.b)    Fomentarán la confianza de los alumnos para hablar libremente y expresar opiniones sinceras.c)    Darán respuestas a las preguntas que formulen los alumnos sin entrar a hacer valoraciones de la idoneidad u origen de ellas en público.ARTÍCULO 40º:        Los alumnos:a)    Respetarán las ideas y opiniones de sus compañeros, distintas de las propias.b)    Respetarán los derechos de cada miembro de la comunidad escolar, sin distinciones.            ARTÍCULO 41º:        Los conflictos interpersonales que puedan presentarse (alumno-      alumno, profesor-alumno, profesor-apoderado, directivos, etc.) se enfrentarán con la aplicación de las técnicas de mediación, negociación y arbitraje.       ARTÍCULO 42º:        La infracción de estas normas se sancionará, en el caso de los alumnos, con medidas de carácter formativo y, en el de personal del colegio, con las medidas señaladas en el Reglamento del Colegio y Código del Trabajo.                                   VIVIAN PARRA RIVAS     Directora Colegio Garden CollegeCAUQUENES, octubre de 2008ANEXO 1ALGUNOS EJEMPLOS DE SANCIONES DE CARÁCTER FORMATIVO(Todas en tiempo libre del alumno)1. Pedagógicas:?    Quedarse tiempo adicional, en la sala u otra dependencia del colegio, trabajando en actividades que no realizó en su oportunidad.?    Rendir una prueba escrita de mayor dificultad o exigencia.?    Recolectar materiales para cursos inferiores al suyo.?    Colaborar en la confección de materiales didácticos.?    Marcar cuadernos para Kinder o 1º Básico?    Realizar nuevamente trabajos que copió o adulteró, o un trabajo distinto con mayor complejidad.2. De servicio comunitario:?    Colaborar en la reparación de mobiliario.?    Limpiar su sala.?    Desmalezar y regar las plantas.3. De reparación:?    Limpiar muros o suelos rayados y pintarlos si es necesario.?    Reponer cuadernos o materiales de otro alumno, en el caso de haberlos rayado o destrozado con anterioridad y copiar las materias cuando corresponda.?    Colaborar en ordenamiento de filas para ingresar a clases.?    Presentar disculpas oralmente, frente al curso. ?    Presentar disculpas por escrito a la(s) persona(s) afectadas con la infracción a las normas de convivencia. EJEMPLOS DE APLICACIÓN:Infracción    Sanciones formativasImpedir el normal desarrollo de una clase, emitiendo gritos, lanzando objetos, molestando a sus compañeros    Quedarse tiempo adicional, en la sala u otra dependencia del colegio, trabajando en actividades que no realizó en su oportunidad.Ensuciar y/o rayar muros, suelos o baños o pegar impresos con consignas de cualquier índole o expresiones ofensivas o groseras.    En su tiempo libre, deberá limpiar muros o suelos rayados y pintarlos si es necesario.Copiar en pruebas o falsificar notas.     Rendir una prueba escrita de mayor dificultad o exigencia, que contemple los mismos contenidos y aprendizajes esperadosCopiar o adulterar trabajos ajenos con la finalidad de obtener ventajas en el proceso evaluativo.    Deberá realizar un nuevo trabajo, pero con mayor complejidad.Rayar o destrozar el cuaderno de un compañero(a).    Reponer el cuaderno y copiar toda la materia que estaba registrada.No formarse oportunamente, después del toque de timbre para ingresar a clases.    Colaborar, durante una semana, en el ordenamiento de filas para ingresar a clases.       Yo,_______________________________________________/ RUT.:______________/Apoderado(a) del alumno(a): ______________________________________________Del  curso ______________ año _________ de Enseñanza ______________________, tomo conocimiento y me comprometo a acatar todas y cada una de las normas y disposiciones del presente Reglamento de Convivencia Escolar, velando porque mi pupilo(a) también las cumpla.                   
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